El finiquito y la liquidación son dos conceptos relacionados con la terminación de la relación laboral o de un contrato de trabajo, pero con diferentes propósitos y contenidos.
FINIQUITO
El finiquito se refiere al pago de la parte proporcional de las prestaciones devengadas por el trabajador en el año (es decir, aquellas que el trabajador generó, pero no cobró o disfrutó) y que le deben ser pagadas en el momento en que la relación laboral llega a su fin.
Por ejemplo:
Ø Parte proporcional del aguinaldo;
Ø Parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas;
Ø Prima vacacional de los días correspondientes por vacaciones;
Ø Los días trabajados y no pagados en la última semana, quincena o mes.
El patrón debe de pagar el finiquito, aunque acredite que el despido fue justificado. El Tribunal Laboral ordenará pagar el finiquito. Es un derecho irrenunciable del trabajador.
¿En qué casos se debe pagar el finiquito?
1. Si renuncias a tu empleo de manera voluntaria;
2. Cuando se termina tu contrato temporal;
3. Si existe declaración de Invalidez por enfermedad general o por riesgo no de trabajo;
4. Si existe declaración de Incapacidad total permanente por accidente de trabaja o enfermedad profesional;
5. Por muerte, que se paga a tus beneficiarios.
LIQUIDACIÓN
La liquidación es una indemnización que otorga el patrón al trabajador cuando la relación termina por causas ajenas a éste; como pueden ser el cierre de la empresa, la reducción de personal o que el puesto que desempeñas desaparece. También se da cuando el despido es injustificado.
En este caso, la liquidación incluye los conceptos del finiquito y, además, los siguientes
Ø Indemnización Constitucional de tres meses de salario integrado;
Ø Prima de antigüedad (doce días por cada año trabajado, con un máximo de dos salarios mínimos);
Ø Salarios vencidos hasta por doce meses, a partir de la fecha del despido, si eres trabajador del sector privado; y por todo el tiempo que dure el juicio, si eres trabajador del sector público;
Ø Veinte días de salario por año trabajado, en caso de que el patrón se niegue a someterse a juicio o se niegue a reinstalar al trabajador por orden del Tribunal Laboral, contenida en sentencia firme; o si rescindes tu contrato por una falta grave cometida por tu patrón.